Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamientode la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.
- Fecha de creación: 09 Julio 2019
- Vigencia: 30 Octubre 2019
- Validación: 10 Julio 2019
- Autoridad que la crea o remite: Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México
NO APLICA
Esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de acuerdo con lo establecido en el artículo 35, fracción XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, que a la letra dice: “Someter a la consideración del Jefe de Gobierno el otorgamiento de patentes de notario y aspirante, así como establecer los lineamientos y criterios técnico-jurídicos para la aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia notarial y recibir, tramitar, substanciar y resolver las quejas en contra de notarios.
Puede consultar:
http://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/transparencia/articulo-123
- Descarga:
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- Fecha de creación: 09 Enero 2019
- Actualización: 10 Enero 2019
- Autoridad que la crea o remite: Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México
- Descarga:
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- Fecha de creación: 01 Enero 2019
- Actualización: 10 Enero 2020
- Autoridad que la crea o remite: Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México