Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XV

Sistema  electrónico  con  el  uso  de  un  tabulador  que  permita  consultar  el  cobro  de  impuestos,  servicios,  derechos  y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos; 

SISTEMA ELECTRÓNICO CON EL USO DE UN TABULADOR QUE PERMITA CONSULTAR EL COBRO DE IMPUESTOS
  • Fecha de creación: 07 Julio 2019
  • Vigencia: 30 Octubre 2019
  • Validación: 08 Julio 2019
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX

NO APLICA

Esta obligación es atribución de la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Puede consultar: 

http://transparencia.finanzas.cdmx.gob.mx/articulos/art123_15.html




Información 2018
  • Fecha de creación: 06 Enero 2019
  • Actualización: 07 Enero 2019
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX
Información 2019
  • Fecha de creación: 01 Enero 2019
  • Actualización: 31 Diciembre 2019
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.